1.4. Prevención de riesgos costeros.

a) Medidas preventivas estructurales

Como rompeolas, espigones y muros, para frenar los efectos del oleaje.

Es necesario realizar un análisis previo antes de realizar estas estructuras ya que pueden tener consecuencias indirectas peores que las que se intentan solucionar. Cualquier cambio en la fisonomía de la costa altera su dinámica, por lo que es necesario prever cómo va a responder y evolucionar la costa en el futuro.


b) Medidas preventivas no estructurales


* Elaboración de mapas de riesgo.

* Ordenación del territorio, por la que se establecen una serie de normas legales que, en nuestro país, se recogen en la Ley de Costas 22/1988. En ella se especifica que:

«Son bienes de dominio público todos los terrenos comprendidos entre los límites de bajamar hasta el lugar de la costa susceptible de ser alcanzado por las olas en los mayores temporales, lo que comprende: playas, albuferas, marismas, dunas, recursos del mar, terrenos ganados al mar, acantilados, islotes, etcétera.»

Además se establecen dos zonas:



- Zona de servidumbre de protección, que se extiende 100 m tierra adentro, en la que existe prohibición total para cualquier uso, salvo la instalación de servicios de utilidad pública que sean necesarios o convenientes o las instalaciones deportivas al aire libre.

- Zona de influencia, que se extiende a los terrenos situados hasta 500 m de la ribera del mar, en la que existen unas normas de ordenación urbanística, permitiéndose la construcción de aparcamientos y de edificios cuyo número y dimensiones se adapte a la legislación urbanística local.

 

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Actualmente varias comunidades autónomas reclaman la gestión de sus costas o una reforma que permita rebajas en las restricciones que impone la ley de costa, con fines turísticos y urbanísticos, Greenpeace defiende el mantenimiento y la aplicación rigurosa de la actual Ley de Costas española.

 


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Este párrafo está extraído del artículo: "Protección del medio ambiente marino y red natura2000"

Se analizan diferentes factores de impacto en nuestras costas, y, en el caso de la línea de costa, podemos leer:

"La razón de la erosión en la costa mediterránea es la interrupción del equilibrio de transporte de sedimentos, fundamentalmente debido a:


- Construcción de Instalaciones portuarias, casi todas ganadas al mar.
- Regulación de grandes cursos fluviales.
- Excesiva urbanización de la costa, sobre todo en primera línea de playa y los paseos marítimos.


La regeneración o creación de playas artificiales lleva consigo la construcción de rompeolas o espigones de protección. Estos actúan de barrera para las corrientes marinas originando cambios en la intensidad y dirección de corriente alterando la dinámica de depósito y erosión. Además, la extracción de la arena necesaria para las playas se suele realizar en zonas poco profundas, y en muchos casos en lugares próximos a las praderas de Posidonia creando turbidez e impidiendo el paso de la luz, afectando a las praderas."

¿Te parece una buena solución la construcción de rompeolas y espigones?